EL IASB® AMPLÍA SU APOYO A LOS ARRENDATARIOS QUE CONTABILIZAN LAS REDUCCIONES DE ALQUILER RELACIONADAS CON EL COVID-19


 

Recientemente, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB®, por sus siglas en inglés) ha ampliado por un año adicional el período de aplicación de la solución práctica de la NIIF 16 – Arrendamientos para ayudar a los arrendatarios a contabilizar las reducciones de alquiler relacionadas con el COVID-19.

En respuesta a las peticiones de las partes interesadas y debido a que la pandemia del COVID-19 todavía está en su apogeo, el IASB ha extendido el alivio por un año para cubrir las reducciones de alquiler que reducen solo los pagos de arrendamiento que vencen hasta el 30 de junio de 2022 o antes.

 

La enmienda a la solución práctica de la NIIF 16 – Arrendamientos ahora expresa lo siguiente:

“La solución práctica se aplica solo a las reducciones del alquiler que ocurran como consecuencia directa de la pandemia del COVID-19 y solo si se cumplen las siguientes condiciones:

(a) el cambio en los pagos por arrendamiento da lugar a la revisión de la contraprestación por el arrendamiento que es sustancialmente la misma, o menor, que la contraprestación por el arrendamiento inmediata anterior al cambio;

(b) cualquier reducción en los pagos por arrendamiento afecta únicamente los pagos originalmente vencidos hasta el 30 de junio de 2022 (por ejemplo, una reducción del alquiler cumpliría esta condición si diera lugar a una reducción de los pagos por arrendamiento hasta el 30 de junio de 2022 y a un incremento en los pagos por arrendamiento que se prolongue más allá del 30 de junio de 2022); y

(c) no existe un cambio sustancial en los otros términos y condiciones del arrendamiento.”

 

La enmienda es efectiva para los períodos anuales de presentación de informes que comiencen a partir del 1 de abril de 2021.

Con sentimientos de estima y consideración especiales.

Atentamente,

Luis A. Chávez.

 

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